Jefe de Estado promulga Ley Orgánica para la Defensa del Esequibo

Este miércoles, el presidente de la República, Nicolás Maduro, promulgó la Ley Orgánica para la Defensa del Esequibo, tras su aprobación en la Asamblea Nacional.

“Hoy estamos recibiendo una Ley ratificada en su carácter orgánico por parte del Tribunal Supremo de Justicia y yo puedo decir con pleno conocimiento de causa, con todas las potestades y el poder que me da la Constitución que la decisión del 3 de diciembre en el referéndum, convertida ahora en Ley Orgánica de la República Bolivariana de Venezuela, será cumplida en todas sus partes en la defensa de Venezuela en los escenarios internacionales”, aseguró.

Desde el Salón Elíptico, del Palacio Federal Legislativo, el Jefe de Estado, explicó que este instrumento legal cuenta con 39 artículos, cinco disposiciones transitorias y dos disposiciones finales, entre los cuales resaltan los artículos referidos a la fundación del estado de la Guayana Esequiba.

Asimismo, precisó que se ratifica de manera clara, inexorable y contundente el carácter irrito del Laudo Arbitral de 1899, y que la Ley Orgánica para la defensa de la Guayana Esequiba, en su artículo 4, se implementa la pregunta número 1 que el pueblo aprobó de manera abrumadora.

Al mismo tiempo, se ratifica en el artículo 5, que el Acuerdo de Ginebra de 1966, es el único instrumento jurídico para alcanzar una solución practica y mutuamente aceptable en relación con la controversia sobre el territorio de la Guayana Esequiba, dando respaldo a la pregunta número 2 del referéndum consultivo.

Igualmente, queda expresado en el artículo 6, la posición histórica de Venezuela desde todos los presidentes de la Cuarta República quienes defendieron el territorio de la Guayana Esequiba como suelo venezolano, y de los presidentes Hugo Chávez y Nicolás Maduro de no reconocer a la Corte Internacional de Justicia (CIJ), como instancia para dirimir la controversia sobre la Guayana Esequiba.

Precisó el Jefe de Estado que “son 75 años de posición sólida, argumentada, sustentada, justa, equilibrada, legal en el plano de la legalidad internacional, basada en el estatuto de la creación de la Corte Internacional de Justicia”. Indicó que Venezuela participó con el gobierno del presidente Isaías Medina Angarita, en los debates y siempre dejo por sentado la justa reclamación.

Del mismo modo, el capítulo II de la Ley Orgánica para la Defensa de la Guayana Esequiba, se establece la creación del estado número 24, el estado de la Guayana Esequiba dentro de la organización política y territorial de la República Bolivariana de Venezuela y se establecen sus límites, dando implementación a la pregunta 5 del referéndum consultivo.

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