La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia respalda el planteamiento del Estado venezolano de solicitar a España el envío de los hermanos Francisco José y Rebeca García Álvarez para ser procesados aquí por incitación al odio y exhibición pornográfica de niños, entre otros.
Tales decisiones están contenidas en las sentencias 291 y 292 redactadas por la magistrada Elsa Gómez y que firmaron los demás integrantes de la sala.
La investigación a los hermanos García Álvarez fue iniciada por el Ministerio Público el pasado 7 de mayo. Los fiscales señalan a Rebeca como una persona que “se dedicaba a perseguir y acosar a sus víctimas de género femenino a través de mensajes de texto, correos electrónicos e incluso violando domicilio y lugares de trabajo de las mismas, amenazándolas de muerte y acosándolas sexualmente, generando terror, zozobra, miedo y atormentándolas psicológicamente”, dice la sentencia de la Sala Penal.
En el transcurso de la investigación, la Fiscalía 59° Nacional con Competencia Plena, solicitó a la División de Análisis de Sistemas de Tecnologías de Información del Ministerio Público, lograr la identificación plena y participación de los hermanos García Álvarez en la difusión de fotografías donde se observan niños desprovistos de ropa. Dichas fotografías fueron tomadas por Francisco García y difundida en sus redes sociales.
Igualmente el Ministerio Público recabó el libro Coco Aguirre, escrito por Rebeca, en el cual se leen fragmentos donde ella relata los momentos en los que procedía asechar a sus víctimas y expresa sentir odio por ellas. Asimismo manifiesta sus intenciones de llevar a sus víctimas a su vivienda y observarlas sin ropa.
El pasado 8 de mayo fue dictada orden de aprehensión contra los hermanos García Álvarez, según boleta librada por el Tribunal 11° de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.
La detención en España de los hermanos García Álvarez se produjo el 14 de mayo pasado tal como lo informó el Ministerio de Relaciones Exteriores a la Sala Penal del TSJ.
Con esa información y el expediente enviado desde el Tribunal 11° de Control, los magistrados constataron “la existencia de los elementos de convicción que fundamentan la orden de aprehensión y, del mismo modo, la orden de inicio del procedimiento de extradición”.
Basado en esa y otras razones, la Sala Penal declaró procedente la solicitud de extradición para traer al país a los hermanos García Álvarez quienes serán sometidos a un juicio. En ese sentido, los magistrados dejaron asentado en la sentencia que el TSJ “asume el firme compromiso ante el Reino de España, que…Rebeca será juzgada en la República Bolivariana de Venezuela…con las debidas garantías consagradas en la Constitución, relativas: a) al derecho al debido proceso (artículo 49), b) al principio de no discriminación (artículo 19)…”, entre otros.
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