Multas en Caracas se pagarán de manera digital

Con el fin de contribuir con el mejoramiento de la vida y la convivencia en la ciudad capital, la Alcaldía de Caracas colocó en funcionamiento un sistema digitalizado para el pago de multas a la Oficina Municipal para la Convivencia, el Civismo y la Justicia de Paz Comunal.

El mecanismo, difundido a través de las redes sociales del órgano oficial, tiene como fin facilitar el pago del monto correspondiente, de acuerdo con la infracción en aquellos casos en los que se incumpla la Ordenanza de Convivencia Ciudadana, Civismo y Justicia de Paz Comunal, la cual fue aprobada por el Concejo Municipal de Caracas en mayo de 2023.

El proceso para el pago de la multa se inicia una vez que la autoridad municipal determine que se ha producido una violación de la norma. El funcionario deberá reportar la infracción a través del sistema Sigat (establecido en la página web: caracas.sigat.net), el cual arrojará un mensaje de texto con un código de verificación que a su vez será recibido por el ciudadano que comete la infracción.

También obtendrá un link, usuario y contraseña para ingresar al sistema. Una vez allí, la persona deberá hacer clic en Policía de Caracas, tomar datos del pago móvil y cancelar el monto correspondiente.

Luego de que se haya realizado el pago de la multa, el usuario deberá entrar nuevamente en Sigat y hacer clic en notificar pago móvil, con el cual se da por concluido el proceso.

Con este servicio ya la persona no debe acudir al banco para realizar el pago de la multa, como lo hacía anteriormente, para luego dirigirse hasta la oficina de recaudación de la Superintendencia Municipal de Administración y Recaudación.

Infracciones

La Ordenanza de Convivencia Ciudadana, Civismo y Justicia de Paz Comunal establece una serie de situaciones que pone en riesgo la armonía en la ciudad.

Ahora bien, ¿qué se considera infracción de acuerdo con este instrumento legal? Está constituida por todas aquellas conductas que atenten contra la integridad física de los ciudadanos, del patrimonio, que afecten el libre tránsito vehicular o peatonal, o que ocasionen daños físicos en la ciudad.

También son objetos de sanción la práctica de juegos de azar en espacios públicos y acciones que generen contaminación sónica. Asimismo, se consideran infracciones las conductas indebidas por parte de conductores de vehículos automotores o de motocicletas.

Multas de tránsito

El incumplimiento de las normas de tránsito son uno de los puntos que generan mayor cantidad de violaciones a la ordenanza.

La violación de la normativa municipal establece una sanción pecuniaria, cuyos montos van muy por encima de lo que estipula la Ley de Transporte Terrestre.

De acuerdo con la sentencia Nº 0118 de fecha 18 de agosto de 2020, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, se establece el acuerdo nacional de Armonización Tributaria Municipal, el cual permite a las gobernaciones y alcaldías imponer sus propios montos para las sanciones por las violaciones a las regulaciones de tránsito.

Las multas en la ordenanza varían de acuerdo con la infracción. Según el instrumento legal, la persona deberá prestar el servicio por 20 horas fraccionadas, en el espacio que sea requirido por la Oficina de Convivencia Municipal, ente regulatorio en la materia. Generalmente son remitidos a iglesias, consultorios populares, ministerios y escuelas.

Asimismo, se plantean multas que van desde el equivalente a treinta (30) veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor fijado por el Banco Central de Venezuela, el cual se puede verificar a través del portal caracas.sigat.net.

Infracciones

Entre las conductas que más son sancionadas por la ordenanza, se muestran las siguientes: obstaculizar la circulación de vehículos o peatones a causa de cargas o descargas de mercancía de cualquier tipo en zonas u horarios no permitidos; estacionar vehículos automotores de dos o más ruedas sobre las aceras o vías peatonales y embarcar o desembarcar pasajeros de transporte de uso público o privado en lugares no destinados para ello.

Asimismo, se tipifican como infracciones conducir bajo los efectos de bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes o psicotrópicas; conducir o permanecer en vehículos de uso público o particular con aparatos de sonidos con alto volumen, los cuales generan perturbación ambiental o contaminación sónica.

De igual modo, está prohibido manejar vehículos automotores o motocicletas, utilizando equipos de comunicación telefónica o de video, con excepción del dispositivo de manos libres o altavoz.

Además, en la ordenanza municipal se prohíbe transitar con aparatos, accesorios o luces que no correspondan con el diseño original del vehículo, los cuales dificulten la circulación de otros conductores o puedan obstaculizar su visión en la vía (luces led).

La legislación en detalle

Sanciones por ruidos molestos. En la Ordenanza de Convivencia Ciudadana están prohibidos los ruidos molestos que perturben el ambiente en las comunidades y originen contaminación sónica.

Mala disposición de los desechos. Quien coloque en lugares no dispuestos para tal fin escombros, desechos químicos, chatarras, sustancias inflamables, desechos biológicos y, en general, cualquier objeto que pueda causar daño a la integridad física de las personas, al ambiente o al deterioro de bienes públicos o privados, deberá cancelar una multa de 50 veces la moneda de mayor valor, de acuerdo con la tasa de la moneda de mayor valor establecida por el BCV.

Peatones también son regulados. Cruzar calles o avenidas por sitios diferentes a los señalizados para tal fin, fuera del rayado peatonal o sin hacer uso de las pasarelas cuando estas existan, también se considera una infracción, quien la cometa será sancionada con la realización de trabajo comunitario.

Prohibidas caravanas. El artículo 37 y 38 de la normativa municipal prohíbe las caravanas estudiantiles, debido a que las mismas ponen en peligro la integridad de niños y adolescentes. Quien violente esta normativa podrá ser sanciondo con hasta 100 veces la moneda fijada por el BCV.

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