La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró la constitucionalidad de carácter orgánico de la “Ley Orgánica Libertador Simón Bolívar contra el Bloqueo Imperialista y en Defensa de la República Bolivariana de Venezuela’’, sancionada por la Asamblea Nacional el pasado jueves.
La decisión de la Sala Constitucional está contenida en la sentencia número 1.171 asumida como una redacción conjunta de sus magistrados integrantes: Tania D’ Amelio, Lourdes Suárez Anderson, Luis Fernando Damiani Bustillos, Michel Adriana Velásquez y Janette Córdova Castro.
El texto de la mencionada ley fue enviado al máximo tribunal de Venezuela el mismo 28 de noviembre porque así lo establece el artículo 203 de la Carta Magna, donde se establece que la Sala Constitucional es competente para determinar mediante un control a priori si reviste el carácter conferido a tal o cual ley orgánica.
Luego de analizar el texto de la ley, los magistrados concluyeron que ésta se adecua a los aspectos fundamentales y más sustantivos sobre principios contenidos de la Constitución de 1999, pues se ha sostenido que la institucionalidad democrática, la soberanía e independencia de Venezuela, tiene sus bases en el Texto Constitucional, “el cual constituye una manifestación jurídica de un acuerdo social, en el que se plasmaron conceptos y categorías propios de nuestra tradición, cultura e historia, en aras de defender la Patria, resguardar y proteger la soberanía, la integridad territorial y la autodeterminación e intereses de la Nación’’.
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