El gobierno del presidente Joe Biden extendió este miércoles 3 de marzo la emergencia nacional con respecto a Venezuela, decretada por primera vez en 2015.
Por el Espectador de Caracas con información de AlbertoNEWS
«La situación en Venezuela continúa representando una amenaza inusual y extraordinaria para la seguridad nacional y la política exterior de Estados Unidos. Por lo tanto, he determinado que es necesario continuar con la emergencia nacional declarada en el Decreto Ejecutivo 13692 con respecto a la situación en Venezuela», sentencia el presidente Joe Biden en una carta al congreso de Estados Unidos notificando la extensión de la medida.
A CONTINUACIÓN LA DECLARACIÓN EMITIDA POR LA CASA BLANCA
CONTINUACIÓN DE LA EMERGENCIA NACIONAL CON RESPECTO A VENEZUELA
El 8 de marzo de 2015, el Presidente emitió la Orden Ejecutiva 13692, declarando una emergencia nacional con respecto a la situación en Venezuela, incluyendo la erosión de las garantías de derechos humanos por parte del Gobierno de Venezuela, la persecución de opositores políticos, la restricción de la libertad de prensa, el uso de la violencia y violaciones y abusos de derechos humanos en respuesta a protestas antigubernamentales, y arrestos y detenciones arbitrarios de manifestantes antigubernamentales, así como la presencia exacerbada de una importante corrupción gubernamental.
El Presidente tomó medidas adicionales de conformidad con esta emergencia nacional en la Orden Ejecutiva 13808 del 24 de agosto de 2017; Orden Ejecutiva 13827 de 19 de marzo de 2018; Orden Ejecutiva 13835 de 21 de mayo de 2018; Orden Ejecutiva 13850 de 1 de noviembre de 2018; Orden Ejecutiva 13857 de 25 de enero de 2019; y Orden Ejecutiva 13884 de 5 de agosto de 2019.
Las circunstancias descritas en la Orden Ejecutiva 13692, y las subsecuentes Órdenes Ejecutivas emitidas con respecto a Venezuela, no han mejorado y continúan representando una amenaza inusual y extraordinaria para la seguridad nacional y la política exterior de los Estados Unidos. Por lo tanto, de acuerdo con la sección 202 (d) de la Ley de Emergencias Nacionales (50 U.S.C.1622 (d)), continuaré durante 1 año la emergencia nacional declarada en la Orden Ejecutiva 13692. Este aviso se publicará en el Registro Federal y se transmitirá al Congreso.