21 de noviembre de 2024 6:16 PM

Gonzalo Oliveros Navarro: Fenómeno compartido

Ha concluido en Caracas el Consejo Nacional Electoral su proceso de depuración de las organizaciones políticas que podrán postular candidato presidencial para la elección que debe celebrarse en Venezuela el próximo 28 de julio.

Lo hace, increíblemente, una semana antes de que se inicie el proceso de postulaciones correspondiente, a pesar de que la última eleccion presidencial se celebró en mayo del 2018 y en todo caso, el evento comicial nacional previo a esta fecha tuvo lugar en noviembre de 2020, lo que implica que los rectores electorales tuvieron tiempo suficiente para informar a la dirigencia de los partidos afectados, lo que decidirían a los fines de que estos adoptaren las decisiones conducentes que les permitirían competir lo que, vista la fecha, se les dificulta supremamente, si no es el caso que lo hace imposible.

Según se conoce extraoficialmente, porque al parecer noticia oficial no hay, el listado aprobado reduce a 34 partidos las organizaciones con posibilidad de postular, lo que evidencia un fenómeno que comparten tanto Colombia como Venezuela, el de la dispersión partidaria.

En efecto, observo en esta tierra de Nariño y Caldas donde resido, una amplia gama de partidos políticos, para todos los gustos y colores. Basta que alguien lo crea conducente y cumpla los requisitos de ley para que se le autorice la personería del mismo, lo cual entiendo es un fenómeno que se inició a partir de la aprobación de la Constitución de 1991 y las críticas al Frente Nacional que dirigió los destinos del país a consecuencia del acuerdo de Sitges.

Quizás la gran diferencia en lo que ocurre en ambos países respecto de la actuación partidista, estriba en que Colombia, tal como ocurría en Venezuela mientras estuvo vigente la Constitución de 1961, financia con dinero público la actividad política, lo que no ocurre en Venezuela gracias a la mayoría constituyente chavista de 1999, lo que origina -por la perversión del sistema actual venezolano- que la exclusividad de acceso a fondos públicos, sea del partido gobernante, por el control que esté ejerce sobre los poderes del país, lo que le permite, inclusive, perseguir a quienes osan financiar a sus opositores a través de los organismos impositivos y a veces hasta judiciales que totalmente controlan.

Hay sin embargo, una similitud existe entre ambos países y es la general ausencia de ideología en las nuevas organizaciones, aún cuando algunas de ellas sean el producto de divisiones, más por motivos personales que ideológicos, de sus predecesoras.

Aun cuando a ambos lados de la frontera existen, aunque disminuidas, organizaciones de muy larga data -AD, Copei y el Partido Comunista- en el caso de Venezuela y en el de Colombia el partido Liberal y el Conservador, es lo cierto que en cada nación la dispersión partidaria es la constante. Exagerando, pudiere afirmarse que hay uno por cada cuadra de una ciudad.

Es más evidente en esas nuevas organizaciones el carisma -poco o mucho- que tiene el principal dirigente del mismo a cualquiera otra condición, lo que se origina, quizás, por el hecho que, a ambos lados de la frontera, los antiguos partidos, han adoptado decisiones -y por cierto, lo continúan haciendo- a contravia de principios que afirman defender, llegando al extremo de compartir decisiones con organizaciones o liderazgos que, en otras condiciones, serían sus adversarios, generando con ello reacciones contrarias de sus simpatizantes y escepticismo de quienes observan su accionar.

En todo caso, por lo que se refiere al caso venezolano, el proceso de reinstitucionalización que debería abrirse en el país en caso de que, como consecuencia de la próxima elección presidencial, se produzca un cambio en el Palacio de Miraflores, uno aspira se discuta un cambio en la norma constitucional que limita el financiamiento partidista, así como en el que establece el mecanismo de integración del ente comicial pues a la vista de todos está que el mismo ha sido una falacia conceptual, en tanto que, desde el punto de vista normativo, se obligue al Consejo Nacional Electoral ha adoptar las decisiones atinentes a renovación de personería partidaria en un plazo máximo de un año a contar de la celebración de la última elección respectiva.

Adicionalmente, esperaria que se establezca fecha cierta de cada uno de los procesos electorales que en el país se deben celebrar para evitar así, en este último caso, la incertidumbre que a casi todos rodea, respecto de la oportunidad de realización de los mismos, pues esas fechas solo las conoce el actual partido de gobierno por el control institucional electoral que ejerce en Venezuela.

Adicionalmente, con vista al hecho que el Estado financiaria la actividad política, esperaria se incrementase la base mínima exigida para la constitución de organizaciones políticas, así como el establecimiento de la repetición dineraria de los fondos recibidos cuando no se obtienen los votos mínimos exigidos por ley para el mantenimiento de la personería respectiva.

Quizás de esa manera, con esas u otras precisiones, en el caso venezolano, la calidad de nuestra democracia pueda mejorar.

@barraplural

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