A través del decreto presidencial Nº 4.976, publicado en la Gaceta Oficial Nº 42.939, de fecha 12 de agosto de 2024, fue exonerado el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) a los enriquecimientos netos gravables de fuente territorial, obtenidos por las Asociaciones Cooperativas, constituidas conforme a las disposiciones establecidas en el Decreto con Fuerza de Ley Especial de Asociaciones Cooperativas.
Según precisó la normativa, las Asociaciones Cooperativas deberán realizar la actualización del Registro Único de Información Fiscal, para la cual deberán presentar el Certificado del Cumplimiento vigente emitido por la Superintendencia Nacional de Cooperativas.
Igualmente, se aplicarán las normas establecidas en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Impuesto Sobre La Renta, según sea el caso, en lo relativo a los ingresos costos y deducciones de los enriquecimientos gravables.
La exoneración del impuesto tendrá un plazo de un año y entrará en vigencia tras la publicación en la Gaceta Oficial. Dicho lapso puede ser prorrogable por un período igual.
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