El abogado Hermann Escarrá destacó el trabajo que realiza la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), tras el recurso contencioso electoral introducido por el presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro, instancia a la que los sectores de la oposición extremista no consignaron las pruebas solicitadas, luego de que no aceptarán los resultados del pasado 28-J y lo calificaran como “fraude”.
Escarrá recordó que el presidente Nicolás Maduro fue el ganador de las elecciones, pero ante la violencia de la oposición extremista “tomó la opción jurídica con base al artículo 297 de la Constitución, que es el recurso contencioso electoral”.
Durante una entrevista en el programa “Al Aire”, que transmite Venezolana de Televisión (VTV), Escarrá explicó que la Ley Orgánica de Procesos Electorales, es muy clara en su artículo 155 “al señalar que los 30 días contemplados en la ley es para publicar los resultados, no para publicar actas”.
Al respecto, expresó que resulta insólito que los representantes de la Plataforma Unitaria que respaldó la candidatura de Edmundo González señalen que “ellos no tenían actas, ni listas de testigos y que la movilización de esos expedientes correspondió a Súmate, es decir una entidad privada, financiada por entidades norteamericanas, que no tienen nada que ver con el proceso electoral”.
Además, el experto en materia constitucional indicó que después de la sentencia lo que viene es el respeto de los candidatos, porque “si dicen que hubo fraude, lo lógico es que presenten las pruebas”. En este caso, lo señalado por la oposición extremista “todo es mentira, son mentiras colectivas, el objetivo es asaltar, es dar un zarpazo a Venezuela, la familia. Afortunadamente, las familias venezolanas, aun con las agresiones, se han mantenido con una gran serenidad, por lo que la vida de la República se ha normalizado”, puntualizó Escarrá.
En cuanto a la sentencia del TSJ, señaló que la misma se reenvía al fiscal general de la República, Tarek William Saab, para abrir la investigación de carácter penal y establecer las responsabilidades en los delitos de: usurpación de funciones, forjamiento de documento público, instigación en la desobediencia de las leyes, delitos informáticos, asociación para delinquir y conspiración.
“Ahora viene el peritaje, la Sala Electoral tiene la facultad de investigar y de evaluar el proceso electoral, y en la cual saldrá una sentencia definitiva”, agregó.
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