La Asamblea Nacional (AN) aprobó este martes por unanimidad, y en segunda discusión, la Ley de Registros de Antecedentes Penales, que consta de 18 artículos.
Por: El Espectador de Caracas con información de El Universal
«Este instrumento está afincado en el respeto a los derechos humanos, a la privacidad, a la intimidad y al debido proceso que merecemos todos los venezolanos», expresó el presidente de la Asamblea Nacional, el diputado Jorge Rodríguez, tras la aprobación de esta nueva normativa legal.
Esta ley, que establece la creación de los Registros de Antecedentes Penales, contiene una serie de artículos que protegen al condenado, al determinar el derecho a la confidencialidad de la información que se encuentre en el registro para prevenir efectos discriminatorios, así como el derecho a acceder a la información y los datos que sobre sí mismo se encuentren en él.
Además, prohíbe a cualquier persona jurídica o natural en funciones de emplear, exigir a las personas la presentación de antecedentes penales como requisito para postularse a una oferta de trabajo, así como sancionar a cualquier persona que haga público un certificado de antecedentes penales.
Entre otros puntos para la ejecución de esta ley, señala que el Ministerio de Relaciones Interiores, Justicia y Paz será el organismo que regirá y definirá los Registros de Antecedentes Penales y el sistema de archivo mixto (digital, automatizado y físico) que acogerá este ente.
Asimismo, destaca que los órganos del Estado tienen la obligación de suministrar información requerida para el Registro de Antecedentes Penales.
El costo de la tramitación de un certificado de antecedente penal también está establecido en la ley, el cual será de una tasa de entre 10 y 50 veces del tipo de cambio de la moneda de mayor valor publicada por el Banco Central de Venezuela (BCV).
La Ley de Registros de Antecedentes Penales será remitida al Ejecutivo Nacional para su promulgación.