25 de noviembre de 2024 12:42 PM

TSJ dio 60 días a EEUU para consignar extradición de «Fat Leonard»

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia acordó notificar a Estados Unidos del término de dos meses para proponer la solicitud formal de extradición de Leonard Glenn Francis, acusado de sobornar altos mandos de La Armada estadounidense, según se lee en la sentencia N° 265 redactada por la magistrada Elsa Gómez.

El Espectador de Caracas / Últimas Noticias

Leonard Glenn tenía arresto domiciliaron en San Diego, California, Estados Unidos, de donde huyó a México, pasó por Cuba, llegó a Nueva Esparta y luego a Caracas el 20 de Septiembre pasado, fecha en que fue capturado. 

Presentaba una notificación roja de Interpol interpuesta por Estados Unidos y en virtud de ello fue presentado ante el Tribunal 27° de Control de Caracas donde le decretaron privado de libertad. Ese mismo día el mencionado juzgado remitió el expediente a la Sala Penal del TSJ para que decida si procede o no la extradición a Estados Unidos.

La defraudación

 Los hechos por los cuales se le sigue un proceso penal a Leonard Glenn ocurrieron entre 2004 y septiembre de 2013, periodo en el cual junto a otras personas “defraudaron a Estados Unidos más de 35 millones de dólares estadounidenses”, dice la ficha de Interpol.

Francis era presidente de Glenn Defense Marine (Asia), una empresa asentada en Singapur que proporcionaba servicios de agencia naviera por contrato a la Armada estadounidense, para ayudar en las operaciones del Océano Pacífico.

“Francis y su empresa presentaron a la Armada estadounidense unas solicitudes de pago infladas fraudulentamente por los servicios de agencia naviera que prestaban bajo contrato. Pagaron sobornos a altos mandos de la Armada estadounidense en forma de dinero en efectivo, gastos de viaje, estancias en hoteles de lujo, almuerzos extravagantes y servicios de prostitutas. …”, según la investigación.

Los magistrados revisaron el expediente y constataron que no está la solicitud formal de extradición. Tampoco existe la documentación judicial que sustente dicha petición, la cual resulta necesaria para examinar los requisitos de fondo que en materia de derecho interno e internacional rigen la extradición, precisaron los magistrados quienes dieron a Estados Unidos un plazo de dos meses para la consignación de dichos requisitos.

La Sala advirtió que, en caso de no ser presentada la documentación requerida en dicho lapso, se ordenará la libertad de Leonard Glenn. Tal advertencia se hace de conformidad con lo establecido el Código Orgánico Procesal Penal y el Tratado de Extradición, suscrito entre Venezuela y los Estados Unidos suscrito en 1.922.

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