España envía a juicio al exembajador en Venezuela Raúl MorodoEl exembajador de España en Caracas Raúl Morodo enfrentará un juicio por el sonado caso que lleva su apellido, en el que se investigan los más de 4,5 millones de euros (EUR) —unos 4,93 millones de dólares (USD)— que habría recibido de la estatal petrolera venezolana Pdvsa.
Según informa Europa Press, así lo determinó el juez de la Audiencia Nacional de España a cargo del caso, mientras que la Fiscalía solicita una pena de tres años y seis meses de cárcel y una multa de EUR 378.700 por delitos contra la Hacienda Pública española.
Así, el magistrado del Juzgado Central de Instrucción número 1, Alejandro Abascal, acordó también enviar a juicio al hijo del exembajador, Alejo Morodo, y a su esposa, Ana Catalina Varandas, por los presuntos delitos de fraude a la Hacienda Pública que habrían cometido entre 2013 y 2017.
En el caso de Alejo Morodo y Ana Catalina Varandas, las peticiones de cárcel de la Fiscalía Anticorrupción son más elevadas, con una solicitud de ocho años y seis meses de prisión y multas que rozan los 4 millones de euros para cada uno.
EL ORIGEN DE LA INVESTIGACIÓN
La investigación tiene su origen en la querella que la Fiscalía Anticorrupción presentó en enero de 2019 por presuntos delitos de blanqueo de capitales y delitos contra la Hacienda Pública contra Raúl Morodo, su hijo y otras personas físicas y jurídicas vinculadas.
En la querella se señalaba también a los venezolanos Carlos Adolfo Prada Gómez y a Juan Carlos Márquez Cabrera (que falleció durante la investigación), y contra otras personas físicas y jurídicas de su entorno familiar y empresarial.
Así, las pesquisas se centraron en esos 4,5 millones de euros que recibieron de PDVSA «carentes de justificación real y lógica comercial». Pero el caso, en enero de 2023 y a petición de la Fiscalía, fue desdoblado para poder enviar a juicio el presunto fraude a Hacienda de 2013, 2014 y 2017, y diferenciarlo de la parte conocida como ‘caso Venezolanos’.
Abascal justificó esta decisión señalando que si bien «ambos casos mantenían la conexidad inicial, estaban perfectamente diferenciados y dotados de elementos propios» que permitían su enjuiciamiento por separado.
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